El Gobierno tilda de «error» la condena a una lesbiana por violencia de género

El delegado del Gobierno para la Violencia de Género, Miguel Lorente, tildó de «error judicial» la sentencia que condena por violencia de género a una mujer por agredir a su esposa, ya que este tipo de violencia es, por definición, la que ejerce el hombre hacia la mujer. A juicio de Lorente, la resolución incluye «una confusión continua» entre violencia doméstica y violencia de género. En consecuencia, es «probable» que la Fiscalía recurra el fallo.
Estas observaciones se refieren a una sentencia del Juzgado de lo penal número 2 de Santander, que ha condenado a siete meses de cárcel -como autora de un delito de violencia de género- a una mujer por insultar y agredir a su esposa, de la que se hallaba en proceso de separación. Según Lorente, la sentencia señala que los hechos se corresponden con el artículo 153 1 del Código Penal, reformado por la ley integral de la Violencia de Género. El delegado gubernamental sostiene que la consideración del maltrato como violencia de género exige que la víctima sea una mujer y el agresor un hombre. Por lo tanto, prosigue, la sentencia es un error «desde el punto de vista conceptual».

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